4 Noviembre 2009

Negociación Colectiva

“Las medidas adoptadas por las autoridades públicas para estimular y fomentar el desarrollo de la negociación colectiva deberán ser objeto de consultas previas y, cuando sea posible, de acuerdos entre las autoridades públicas y las organizaciones de empleadores y de trabajadores.”

Manuel ha aprendido aún más sobre leyes que garantizan sus derechos como trabajador. Sepa más de la historia en la revista de la Campaña por la Libertad Sindical y la Negociación Colectiva, de la CSA-OIT-FSI.

Comments (2)

 

  1. Valquiria dice:

    Gracias por participar con tus comentarios, he podido ver que tienes una excelente página, espero poder estar en contacto contigo, intercambiar experiencias, valoraciones.
    Espro haya sido de tu agrado los post del blog. Un abrazo revolucionario, Venceremos!

Deja tú opinión